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Nuestro sitio web siempre tendrá nuevas propiedades disponibles, pero para asegurarnos de que no se te escape la casa que estás buscando, te recomendamos registrarte con nosotros. Los inquilinos potenciales registrados con nosotros son siempre los primeros en ver nuevas propiedades de alquiler y también de estar al tanto de cualquiera que reduzca su precio.

Tenga en cuenta que se llevarán a cabo una serie de controles rigurosos en todos los posibles inquilinos y que exigiremos al menos un mes completo de alquiler como depósito y un mes de alquiler pagado por adelantado. Si no está seguro de su idoneidad o tiene requisitos específicos, comuníquese con nosotros, estaremos encantados de analizar los requisitos de referencia e ingresos con usted antes de que usted se haga cargo de cualquier gasto.

No dude en preguntarnos a cerca de cualquier cuestión sobre el importe de la vivienda, los gastos relacionados y nuestra tarifa de gestión, antes de tomar una decisión para asegurarse de que el costo total sea asequible y esté dentro de su presupuesto.

Su oferta

Una vez que haya encontrado su propiedad adecuada, estará en condiciones de hacer una oferta al propietario para su consideración. Tenga en cuenta que cualquier oferta que haga estará sujeta a que cumpla con nuestros criterios de referencia. En este punto, se le solicitará que proporcione una CUOTA DE RESERVA que mantenga la propiedad exclusivamente para usted. Sin embargo, si usted (el inquilino) no firma el Acuerdo de arrendamiento dentro de los 7 a 14 días hábiles posteriores a la recepción de su solicitud, el propietario se reserva el derecho de volver a ofrecer la propiedad. En estas circunstancias o, si sus referencias resultan insatisfactorias, la tarifa de reserva / solicitud no será reembolsable.

La aceptación

Tan pronto como el propietario haya aceptado su oferta, solicitaremos referencias y elaboraremos la documentación pertinente que formará la base del acuerdo entre usted y el propietario.

Se le pedirá que proporcione:

  • IDENTIFICACIÓN / PRUEBA DE RESIDENCIA: Todos los inquilinos deben mostrar comprobante de domicilio. Solo se aceptan las siguientes formas de identificación: DNI / NIE / PASAPORTE
  • PRUEBA ESTUDIOS: En caso de alojarse por motivos académicos en una de nuestras viviendas, deberá aportar la pertinente documentación que así lo acredite.
  • PRUEBA LABORAL: En caso de desplazarse por trabajo a una de nuestras viviendas, deberá aportar la pertinente documentación que así lo acredite.
  • PRUEBA ECONÓMICA: Al optar por una de nuestras viviendas, y siempre antes de la firma del contrato, deberá presentar documentación que acredite su situación laboral; incluyéndose sus tres últimas nóminas y su contrato de trabajo. En caso de venir por estudios se solicitará que sus padres, un familiar o una persona de su confianza, acredite su situación y responda por usted.

Referencias

Podremos ponernos en contacto con su empleador y su arrendador (si ya se encuentra en un alojamiento alquilado). También con su anterior empleador, si ha cambiado de trabajo recientemente. Si trabaja por cuenta propia, podríamos contactar con su contable únicamente para que nos garantice su documentación. También podríamos realizar una verificación de crédito para ayudarnos a recopilar las referencias necesarias. Sería ventajoso para usted si pudiera facilitarnos referencias que le apoyen.

Garantías

Ocasionalmente, se requerirá un GARANTE si, por ejemplo:

  • El inquilino no ha sido empleado continuamente durante los últimos 18 meses.
  • El inquilino ha estado trabajando en el extranjero en los últimos 6 meses.
  • El inquilinos no dispone de ingresos que cumplan con nuestros criterios.
  • El inquilino dispone de un empleo inestable, se considera cambiante o si tuviera deudas, multas o adelantos de sueldo.
  • El inquilino se desplaza por estudios, como ya mencionamos anteriormente.

Tenga en cuenta que el mismo criterio se aplica al garante y, además, el garante debe ganar un salario adecuado para ser garante, tener un empleo a tiempo completo o ser capaz de demostrar por medio de extractos bancarios que tienen «medios independientes».

El garante debe ser consciente de que será su garante (y su pareja si se muda a la propiedad con otra persona), durante toda la ocupación de la propiedad, no solo durante el período de arrendamiento inicial.

Contrato de arrendamiento

Se firmará un contrato de arrendamiento en nuestras oficinas o en la vivienda. En caso de que usted resida en el extranjero se le enviará un contrato de arrendamiento por correo electrónico para su firma electrónica una vez que se hayan recibido y aprobado todas las referencias. También se le pedirá al arrendador que firme su copia del documento.

Alquiler y depósito

Se le pedirá que proporcione la suma acordada de alquiler y depósito antes de tomar posesión de la propiedad. Esto debe estar en fondos compensados en la cuenta de Living Madrid antes de su fecha de mudanza. El depósito se requiere para la tenencia completa contra pérdidas, daños o cargos pagaderos al término de la tenencia. El importe suele ser el equivalente a un mes, si bien la ley establece que la propiedad puede solicitar 1 mes de depósito a ingresar en la Comunidad de Madrid y hasta 2 meses de garantía adicional. El depósito será retenido por la Comunidad de Madrid. Es retornable en su totalidad al final del arrendamiento sujeto a la inspección final de la propiedad y debe tenerse en cuenta que también se harán deducciones por limpieza si la propiedad (y las áreas del jardín si las hubiera) no se han dejado en condiciones satisfactorias.

El alquiler se pagará mensualmente por adelantado el primer día del arrendamiento y a continuación , siempre por adelantado, antes del día 5 de cada mes a partir de entonces. El método preferido es trasferencia periódica permanente a la cuenta de la propiedad. Cada mes se le enviará el recibo con anterioridad y si no acuerda con su banco una transferencia periódica, se le solicitará el comprobante de su transferencia mes a mes.

Tarifas

Como agentes inmobiliarios combramos unas tarifas. Tenemos una tarifa de cargos, que le proporcionaremos en función del servicio que nos solicite. Asegúrese de haber entendido dichos costes y por favor, no dude en consultarnos a cerca de estos.

Además , si estuviera interesado en algún otro servicio relacionado , por favor preguntenos a cerca de ello. Le animamos a que disipe todas sus dudas, antes de proceder a contratar el alquiler para asegurarse de que los costos sean asequibles para usted. Nuestra tarifa de cargos estará a su disposición detallada para su caso concreto; también estará disponible de forma general para los servicios más habituales contratados en nuestra página web y además puede llamarnos por teléfono para solicitar una copia.

¿Qué ocurre si es su empresa la titular del contrato?

Su empresa será aceptada siempre y cuando sea esta quien figure como titular/ pagador y así se reflejará en contrato.

Igualmente se depositará la fianza en la Comunidad de Madrid; además a de tenerse en cuenta que los precios no incluyen IVA pues si la vivienda se usa como vivienda habitual, estaría exenta de IVA; en caso contrario se deberán aplicar sobre el precio pactado los impuestos pertinentes, que como bien aclaramos ahora, no están incluidos. Por otra parte se deberá reflejar que el ocupante de la vivienda es usted y solo usted, cualquier cambio al respecto deberá ser notificado fehacientemente a nuestro email o por carta certificada a nuestras oficinas.

Tenga en cuenta que todos los importes a pagar en la firma del acuerdo antes de la ocupación, deben pagarse con tarjeta de débito, banca por Internet o por giro bancario (No aceptamos dinero en efectivo), y deberán estar en nuestra cuenta en fondos compensados antes del comienzo de la tenencia. Esto es debido a las regulaciones de lavado de dinero, debemos ser capaces de mostrar una pista de auditoría de dónde proviene el dinero y, es por ello, que no podemos aceptar dinero en efectivo.

Registro, inventario y cronograma de condiciones

Si el propietario nos lo indica, se preparará un inventario y un cronograma del informe de condiciones de su nuevo hogar y se realizará una cita conveniente con el secretario del inventario para llevar a cabo un informe de registro que procuraremos hacer coincidir con el día de tu mudanza. En caso que el propietario nos haya dado instrucciones, para que únicamente realicemos el cobro y nos encontremos con usted posibilitándole el acceso a la vivienda; en ese caso, organizaremos una reunion con usted y con el propietario, y será el propietario quien organice y asuma la responsabilidad de organizar el inventario con usted. Toda la información se proporciona de buena fe. No reemplaza el consejo de un asesor legal cualificado que usted quiera disponer.

No aceptaremos ninguna responsabilidad por cualquier inexactitud.

Otros puntos de interés:

  1. El inquilino será responsable de asegurar sus propias posesiones.
  2. El Inquilino se hará cargo de todos los suministros tales como servicios públicos si los hubiera, cargos de Gas, Electricidad, Agua, televisión satelite, internet y Teléfono al mudarse a la propiedad. Además será responsable de contactar a los proveedores relevantes en la primera semana tras el comienzo del arrendamiento. En cualquier caso, nosotros estaremos a su disposición para organizar, los cambios de titularidad, a su nombre, del agua, la luz y el gas de la vivienda.
  3. Las reparaciones en una vivienda de alquiler: bombillas fundidas, reparaciones de lámparas, persianas… todo aquello que se pueda estropear por el uso habitual de la vivienda, es responsabilidad del inquilino.Según la Ley de Arrendamientos Urbanos, donde queda bien reflejado, quién debe de hacerse cargo de solucionar las pequeñas averías:

    “Artículo 21. 4
    Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán de cargo del arrendatario”.

    El propietario es responsable de los problemas de reparación / mantenimiento de los electrodomésticos, etc., siempre y cuando no se produzcan por un mal uso o un uso negligente de los mismos; en cualquier caso siempre el inquilino es responsable de informar de inmediato sobre cualquier rotura o deterioro.

  4. La decoración de la propiedad solo debe hacerse con el permiso de su arrendador
  5. No se permiten mascotas y no se permite fumar. Todos los propietarios con los que trabajamos son estrictos a este respecto. Se retraerá un importe a considerar de la fianza o el depósito de garantía adicional, si lo hubiera, en caso de incumplimiento.
  6. Siempre con un aviso en tiempo razonable, se deberá permitir el acceso al Agente de arrendamiento o al Propietario cuando deseen inspeccionar la propiedad fuera de los tiempos acordados previamente. Ya sea por quejas , por obras en infraestructura del edificio o cualesquiera otras causa justificada. Es importante saber que el Agente puede inspeccionar la propiedad al menos dos veces durante una anualidad o dentro de el plazo de su arrendamiento y el Acuerdo de arrendamiento debe cubrir esta eventualidad. Además durante el último mes de su estancia se marcarán tres fechas para poder visitar el apartamento con personas interesadas en alojarse en la vivienda.
  7. La mayoría de los alquileres son por 12 meses, aunque algunos propietarios pueden considerar plazos más cortos, por ejemplo, 2, 4, 6 u 8 meses.
  8. Si desea renunciar a su Alquiler antes del plazo acordado, será responsable de todas las rentas que marque la legislación vigente hasta el final del Alquiler acordado. Sin embargo, puede valer la pena considerar negociar una CLÁUSULA DE RESCISIÓN con el propietario que, por ejemplo, podría darle derecho a notificar después de 4 meses. En este caso, usted solo será responsable del alquiler por el período de notificación de 2 meses, liberándolo de alquiler que haya acordado y de la legislación vigente.
  9. Los Agentes de arrendamiento se encargarán de las visitas, referencias, acuerdos e inmuebles de los propietarios. Si el agente ha recibido instrucciones de administrar la propiedad, normalmente deberá informarle a él de cualquier reparación o consulta. Si no, tratará directamente con el propietario. Prácticamente en la totalidad de nuestras viviendas tenemos una gestión integra, está usted en buenas manos.
  10. El Agente de arrendamiento, mientras actúa para el propietario, opera dentro de las pautas aceptadas en la industria, para garantizar que pueda confiar en que un agente de arrendamiento profesional tome en serio sus inquietudes y asesore al Arrendador si no son razonables. En este sentido, debe estar seguro de que la propiedad cumple con todas las normas de seguridad y tiene un precio razonable. Además nos satisface presentarnos como mediadores y nos enorgullece la calidad moral de los propietarios con los que trabajamos.
  11. Necesita un servicio profesional y, como tal, Living Madrid es su opción. Expertos en
    intermediación inmobiliaria y asesoramiento patrimonial.

Ponemos a su disposición

  • Agentes de seguros colegiados
  • Abogados colegiados
  • Agentes de la propiedad colegiados

Esto garantiza que se cumplan las normas profesionales, tan sencillo como orientarle para que usted firme el Acuerdo de Arrendamiento correcto; existen además procedimientos adecuados para informar y tratar las reparaciones; Se realizan controles de seguridad y se proporciona un esquema de fianzas para proteger su depósito.